Para la apertura de un local comercial supeditado a una actividad económica, las distintas administraciones nos solicitan que el mismo reúna una serie de requisitos que garanticen su idoneidad para tal uso.

Durante el último año se han modificado una serie de leyes y normativas con objeto de dinamizar la apertura de actividades, simplificando los trámites.

Así, el Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, para locales de menos de 300 metros cuadrados se elimina la necesidad de una autorización o licencia municipal previa. Y junto con el Decreto 53/2012, de 7 de junio, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento aplicable al régimen de comunicación previa en materia de actividades clasificadas, el control previo de la documentación queda sustituido por un control posterior basado en una declaración responsable del técnico y del emprendedor, con un control administrativo que pasará a realizarse a posteriori.

Debemos tener en cuenta que existen dos tipos de actividades comerciales, según sean clasificadas o no, estando las primeras reguladas por la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias, así como en el  Decreto 52/2012, de 7 de junio, (publicado en el BOC Nº 117 del Viernes 15 de Junio).

Una vez dilucidado si nuestra actividad es clasificada y por lo tanto, necesitamos además de un proyecto de ingeniero industrial de la maquinaria específica de la actividad, nos quedará por ver si nuestro local dispone o no de Licencia de Primera Ocupación, pues en caso contrario necesitaremos además un Certificado de Seguridad Estructural del local comercial.

Los certificados de apertura describen la actividad y representan en plano las características del local comercial, verificando que se cumplen las disposiciones mínimas recogidas en los apartados del CTE (Código Técnico de la Edificación), relativos a seguridad estructural (exclusivamente si se carece de Licencia de primera ocupación), seguridad de utilización y accesibilidad, y seguridad en caso de incendio, correspondientes a los apartados CTE-SE, CTE-SUA y CTE-SI, así como de las normativas específicas de cada ayuntamiento que puedan resultar relevantes.

Sarovi Arquitectura se encarga de revisar su local y redactar la correspondiente memoria justificativa, así como los certificados de seguridad para que pueda iniciar su actividad en el menor tiempo posible.

Póngase en contacto con nosotros, estaremos encantados de estudiar su caso y hacerle un presupuesto sin compromiso.